Salvo disposición en contrario en la monografía, el medicamento a base de hierbas que se vaya a examinar cumple, al menos, los límites indicados en la tabla 2.8.13.-1 de la la Farmacopea Europea. Los límites que se aplican a los pesticidas que no están incluidos en la tabla 2.8.13-1 y de cuya presencia se sospeche por cualquier motivo que cumplen con los límites (niveles) a los que hace referencia cruzada el Reglamento (CE) N˚ 396/2005, incluidos anexos y posteriores modificaciones.

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